Roldanillo, Valle del Cauca, Sábado 21 de Diciembre de 2024
CONSEJO ACADÉMICO
ACUERDO No. 022
(6 agosto de 2002)
Por el cual se adopta el reglamento para el manejo de las salas de cómputo y laboratorios de electricidad y mantenimiento de computadores.
EL CONSEJO ACADÉMICO DEL INSTITUTO DE EDUCACIÓN TÉCNICA PROFESIONAL DE ROLDANILLO VALLE, en uso de sus facultades legales y estatutarias y en especial las que le confiere el acuerdo 017 de 25 mayo del 2002, “Estatuto General”, artículo 33, literal a) y,
CONSIDERANDO
ACUERDA
ARTÍCULO PRIMERO. Adóptese el reglamento para el manejo de las salas de cómputo y laboratorios de electricidad y mantenimiento de computadores, como a continuación se señala:
CAPÍTULO I
DE LA DIRECCIÓN DE LAS SALAS DE CÓMPUTO Y LABORATORIOS DE ELECTRICIDAD Y MANTENIMIENTO DE COMPUTADORES.
ARTÍCULO 1. Las Salas de cómputo y laboratorios de mantenimiento de computadores estarán dirigidos por el Director de la Unidad de Sistemas y Electricidad, coordinadas a su vez por el Coordinador de salas.
ARTÍCULO 2. Las Salas de Cómputo y laboratorios de mantenimiento contarán con monitores para cada jornada laboral que establezca la institución.
ARTÍCULO 3. Son usuarios de las Salas de Cómputo y de los Laboratorios de electricidad y mantenimiento:
CAPÍTULO II
DE LA ADMINISTRACIÓN
ARTÍCULO 4. Existirán dos tipos de horarios para práctica en las Salas de Cómputo y de los Laboratorios de electricidad y mantenimiento: uno para las asignaturas Teórico prácticas que se programa periódicamente y hace parte de la asignación académica y otro los turnos de trabajo diario que los estudiantes programan según su disponibilidad.
ARTÍCULO 5. La prioridad en el uso de las Salas de Cómputo y de los Laboratorios de electricidad y mantenimiento estarán dadas al desarrollo de las asignatura teórico - práctica de los programas académicos, previa programación semestral.
ARTÍCULO 6. Las actividades que se programen de forma extra curriculares y exijan disponibilidad de las Salas de Cómputo y de los Laboratorios de electricidad y mantenimiento, deben someterse a la disponibilidad de éstas.
PARÁGRAFO 1. Podrán modificarse las actividades normales para colaborar con alguna actividad que beneficie académicamente a la institución, previa autorización del Director de la Unidad de Sistemas y Electricidad.
PARÁGRAFO 2. Si se modifica un horario de trabajo por una actividad extra curricular ésta será recuperada en un horario conveniente y acordado por las partes (Docente, estudiantes y director de las Salas de Cómputo y los laboratorios de electricidad y mantenimiento).
ARTÍCULO 7. En ningún caso podrán estar estudiantes en las Salas de Cómputo si no se encuentra allí un Monitor o docente.
ARTÍCULO 8. En caso de existir grupos de trabajo de investigación institucional, se les asignarán turnos que no interfieran con las prácticas programadas en el semestre.
CAPÍTULO III
DE LOS DEBERES Y OBLIGACIONES
ARTÍCULO 9. Son Deberes y Obligaciones de los monitores:
ARTÍCULO 10. Son funciones de los docentes usuarios, además de las inherentes a su cargo:
ARTÍCULO 11. Para el presente reglamento, las funciones del Director de Salas estarán dentro del manual de las funciones del director de unidad.
ARTÍCULO 12. Del Coordinador de salas.
CAPÍTULO IV
DEL CONTROL
ARTÍCULO 13. Para ingresar a la Sala de Cómputo o laboratorio, el estudiante debe presentar el Carné o Seguro estudiantil.
ARTÍCULO 14. Si el estudiante no se presenta en el transcurso de los quince (15) primeros minutos de su turno de trabajo lo perderá.
ARTÍCULO 15. Al comienzo de cada práctica se le(s) asignará el equipo necesario al estudiante o grupo de trabajo; éste o éstos quedan comprometido(s) a la entrega del equipo en perfecto estado al finalizar la práctica. El Monitor recibirá el equipo, lo revisará y dará el visto bueno devolviendo el carné al usuario.
PARÁGRAFO. En caso de daño intencional del equipo o por mal uso, comprobado por parte del usuario, pagará el valor de la reparación o reposición de éste.
ARTÍCULO 16. Si el usuario encuentra que el equipo que se le ha entregado está defectuoso, debe comunicarlo de inmediato al Monitor antes de su utilización.
PARÁGRAFO. El Monitor pasará relación de los equipos averiados con la lista respectiva de usuarios al Coordinador de salas.
ARTÍCULO 17. El uso de los equipos programados y demás elementos disponibles en la Sala de Cómputo, serán exclusivos de la institución, es decir, allí no se podrá adelantar trabajo de índole personal.
ARTÍCULO 18. Queda estrictamente prohibido utilizar el equipo para realizar actividades comerciales, recreativas (juegos, letreros, dibujos, etc.) y en general aquellos que no correspondan a los fines académicos o administrativos propios de la institución.
ARTÍCULO 19. Con el fin de evitar que los computadores se contaminen de virus, deben ser revisados y vacunados antes de empezar su práctica o trabajo.
ARTÍCULO 20. No se permite por ningún motivo la utilización de Software diferente al adquirido por la institución.
ARTÍCULO 21. Queda prohibido mover, abrir, desconectar o alterar de cualquier modo equipos de Cómputo por personas, que no estén autorizadas para ello.
CAPÍTULO V
DEL COMPORTAMIENTO EN LA SALA DE CÓMPUTO Y LABORATORIO
ARTÍCULO 22. Los usuarios no podrán fumar ni consumir bebidas o alimentos dentro de las Salas de Cómputo y laboratorio.
ARTÍCULO 23. Los usuarios no podrán ingresar ningún tipo de radio, grabadora, o elementos que produzcan ruido (celulares, beeper) durante la clase.
ARTÍCULO 24. Los estudiantes deben permanecer en el puesto de trabajo asignado, desarrollando la práctica correspondiente y debe mantener su puesto en perfecto aseo.
ARTÍCULO 25. Los estudiantes deben guardar las normas de comportamiento y disciplina de cualquier sala de estudio.
ARTÍCULO 27. Los estudiantes deben hacer buen uso y trato del material, equipos y enseres de la Sala de Cómputo y laboratorios.
CAPÍTULO VI
DE LAS SANCIONES
ARTÍCULO 28. Las sanciones para los estudiantes están estipuladas en el Artículo X del Reglamento Estudiantil.
CAPÍTULO VII
PROCEDIMIENTOS PARA EL USO DE LAS SALAS DE CÓMPUTO Y LABORATORIOS
ARTÍCULO 29. Las Salas de Cómputo han dispuesto las siguientes normas para su uso, con el ánimo de prestar un mejor servicio a la Comunidad académica:
CAPÍTULO VIII
DE LOS PROGRAMAS DE CÓMPUTO
ARTÍCULO 30. No se permite el uso de ningún programa de cómputo que no cuente con la debida licencia.
ARTÍCULO 31. Queda prohibido borrar, modificar, dañar o alterar de cualquier manera los programas de cómputo contenidos en los discos duros de las computadoras o en el sistema de red. Solamente el personal de la Sala de Cómputo tiene las facultades para hacerlo.
CAPÍTULO IX
DE INTERNET
ARTÍCULO 32. El correo electrónico y cualquier otro servicio de INTERNET, se debe usar solo para fines académicos.
ARTÍCULO 33. El turno de la sala para Internet es de 60 minutos por estudiante.
ARTÍCULO 34. La impresión de los archivos bajados de Internet se hará en la impresora que se encuentra ubicada en la sala, para esto el estudiante debe traer sus hojas y cinta.
ARTÍCULO 35. El usuario de Internet tendrá derecho a dos horas máximo por día.
ARTÍCULO 36. Para una mejor comprensión de los artículos se crean glosario donde se definen algunos de los términos:
Laboratorios: Lugar donde se realizan clases teórico – prácticas y prácticas de asignaturas que dentro de sus contenidos curriculares necesitan el uso de elementos o herramientas para desarrollar esta.
Salas de Cómputo: Lugar donde se encuentran computadores y accesorios para realizar clases teórico – prácticas y prácticas que tengan que ver con el manejo de programas de cómputo y manejo de dispositivos.
Monitor: Persona encargada de velar por el correcto funcionamiento de las salas de cómputo o laboratorios, esta persona pude ser un funcionario de la institución o un alumno que por sus calidades académicas y personales pueda ocupar este cargo.
Coordinador: Funcionario de la Institución encargado del correcto funcionamiento de todos los equipos computo, además de coordinar los monitores y dar las autorizaciones para el cambio en los horarios o programa utilizados.
Paquetes: Programa de computación utilizado con un fin específico, estos paquetes comprenden los editores de texto, hojas de cálculo, programas de propósito general y de propósito específico.
Ver Consejo Académico Acuerdo No. 022 (6 de agosto de 2002) - Por el cual se adopta el Reglamento para el manejo de las Salas de Cómputo y Laboratorios de Electricidad y Mantenimiento de Computadores.